Primero Editores / Ingrid Ahumada
Toluca, México.- Este martes los diputados mexiquenses aprobaron por unanimidad de votos la Reforma de la Ley Especial de Declaración de ausencia del Estado de México con la que se abroga la Ley Para la Declaración de Ausencia por Desaparición del Estado de México.
La reforma fue propuesta por la Diputada Karina Labastida Sotelo, quien destacó que con esta nueva Ley se reducen los términos procesales para proteger los derechos y la personalidad de la persona desaparecida, ya que en la ley anterior, se debía tramitar primero una Declaración provisional de ausencia por desaparición de persona, y a partir de ella se contaba con seis meses para emitir una declaración definitiva de ausencia.
Asimismo, se hace efectivo el principio de gratuidad al referir que el Poder Judicial del Estado de México y las autoridades competentes que participen en los actos y procesos relacionados con la Declaración Especial de Ausencia, deben erogar los costos relacionados con su trámite.
“La Ley contempla que el plazo de tres meses para interponer el procedimiento de declaración especial de ausencia a partir de la denuncia correspondiente, texto vigente en la Ley federal. De igual manera se hace énfasis en que la Declaración Especial de Ausencia no produce efectos de prescripción penal ni constituye prueba plena en otros procesos judiciales”, indicó la diputada Mónica Álvarez Nemer al leer el dictamen.
Asimismo, aseguró que esta reforma ayudará a sensibilizar el fenómeno de desaparición en la entidad, al tiempo que insta a las autoridades competentes a dar continuidad a las investigaciones encaminadas al esclarecimiento de la verdad y de la búsqueda de la Persona Desaparecida.