- La palabra “Gobernador” que contiene la Constitución y 46 leyes del marco jurídico local, es injusta, insuficiente y poco representativa
Toluca, Méx.- Resulta injusta, insuficiente y poco representativa la palabra “Gobernador”, que contiene la Constitución y cuarenta y seis leyes del marco jurídico local, para nombrar a la “Gobernadora” del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez y a las mujeres que le sucedan, es ejemplo de androcentrismo lingüístico, afirmó la diputada Brenda Gómez Cruz, al proponer se utilice la palabra en lenguaje incluyente y exista en el lenguaje jurídico.
En el pleno y a nombre del Grupo Parlamentario de Morena presentó la iniciativa con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de México y las cuarenta y seis leyes locales, para que se utilice en lenguaje incluyente la palabra “Gobernadora” y evitar así, el tratamiento que se da a la mujer que ocupa la Titularidad del Ejecutivo Estatal.
La legisladora de la 4T, enfatizó se formula un proyecto de decreto con 47 artículos, con el objetivo de dejar atrás el uso del lenguaje androcéntrico, visualizar, no sólo a la mujer que lidera su Gobierno, sino también a todas las mujeres mexiquenses, para que exista en el lenguaje jurídico, como en los hechos: la “Gobernadora”.
La representante popular, justificó, si tenemos en cuenta que la “Gobernadora” y el “Gobernador” tienen el mismo derecho a ser y existir, el hecho de no nombrar esta diferencia en la Constitución del Estado de México y las leyes que de ella emanan, es no respetar uno de los derechos fundamentales: el de la existencia y la representación de esa existencia en el lenguaje jurídico.
Detalló, al emplear los términos “Gobernadora” y “Gobernador”, se hace uso de un lenguaje inclusivo, que es forma sumamente importante de promover la igualdad de género y combatir los prejuicios de género y paralelamente permitirá cambiar nuestra realidad cognitiva.
Brenda Gómez, recordó que, la palabra “Gobernador”, “tiene su génesis en una época en que las mujeres teníamos vetadas la incorporación al máximo cargo público de elección popular en el Estado de México y refleja el contexto social en que se construyeron, donde las mujeres se les impedía desempeñar cargos públicos, relegándolas al ámbito privado”.
Puntualizó, la relación asimétrica de mujeres y hombres en el campo político responde a una tradición discriminatoria para las mujeres que debe modificarse; la existencia de una “Gobernadora” del Estado, nos obliga a nombrarla con el reconocimiento y la valoración de su papel en la vida pública.
En la exposición de motivos, señaló que el androcentrismo, consiste en una percepción “centrada” y basada en normas masculinas; se ve más específicamente centrado en la lengua; aquél es la causa y el origen de unos determinados usos que tienden a excluir o a invisibilizar a las mujeres en ella.
Agregó, oculta o excluye a las mujeres del discurso a partir de una serie de usos de la lengua, uno de los más graves por su extensión de discriminación y subordinación lingüística “consiste en el uso del género masculino como neutro, como genérico”, en este caso el “Gobernador”.
La palabra “Gobernador” no representa a la mujer y se hace, por tanto, necesario nombrarla. Ambos términos son diferentes y el uno no incluye, ni representa al otro, con la palabra “Gobernadora”, se utiliza un lenguaje que no oculta, no discrimina, no subordina, no infravalora y no excluye, concluyó.