Redacción

Este martes fue aprobada la Ley Olimpia en la Ciudad de México, que dará hasta seis años de prisión a quien difunda “packs”, es decir, contenido sexual en fotografía o vídeo sin el consentimiento de la persona que aparezca en el material.

Foto: Especial

¿Qué contempla la ley?

Las personas que difundan contenido sexual audiovisual sin consentimiento serán condenados a una pena que irá de cuatro y seis años de prisión y una multa económica de hasta mil Unidades de Medida y Actualización.

La sanción aumentará si la persona que difunde el contenido es compañero de trabajo, familiar o pareja de la victima.

Dicha ley se ha aprobado en Ciudad de México, Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

La Ley Olimpia implica tres reformas:

  • Reconocer los delitos contra la intimidad, es decir, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
  • Reconocer el ciberacoso, el delito que genera violencia sexual en internet.
  • La Ley de Acceso que servirá para generar consciencia entre las instituciones sobre los derechos sexuales, la violencia digital y su difusión de esta entre los ciudadanos.
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