Por Veneranda Mendoza.

Toluca, Méx.- Impugnará el abogado Paulo Díez el sobreseimiento de la denuncia en contra de directivos de la empresa Aleatica y ex funcionarios del gobierno estatal por la presunta operación ilegal del Viaducto Elevado Bicentenario.

En esta nueva fase de la investigación, confió que prospere la demanda y se logre, como se pretende, recuperar la vialidad como un bien propiedad de la nación.

De entrada, consideró que existen las condiciones para que no sea el mismo juez, Daniel Ramírez Peña, adscrito al Centro de Justicia del Penal Federal del Altiplano, quien resuelva la apelación, de manera que un nuevo juzgador resulte imparcial.

“Hasta el momento lo único que tiene Aleatica es una resolución favorable, pero no hay duda que se va a recuperar (la vialidad) porque hay una resolución firme del Tribunal Colegiado Federal que argumenta que el segundo piso del periférico es una vía de comunicación de jurisdicción federal y que es un bien propiedad de la nación, que es explotado al no contar con la concesión”, dijo.

Desde su punto de vista, ningún juez se prestará a sostener la barbaridad de que la operación del Viaducto no es anómala, pues está reconocido que no existe título de concesión que la sustente.

“No veo a ningún juez o tribunal manteniendo una barbaridad como la de este juez que dice que sí se está explotando un bien nacional, que no existe concesión federal para hacerlo, sin embargo deja que se siga beneficiando la empresa española de un delito”, dijo.

Recordó que, conforme a la ley, “nadie puede explotar un bien nacional sin concesión del gobierno federal, y quien lo hace puede tener una condena de cárcel de hasta 12 años, con la pérdida de las obras e instalaciones, sin derecho a indemnización”, además de que el Gobierno federal recuperará el bien en litigio.

Consideró que la apelación puede ganarse fácilmente y dejar sin efecto la conclusión final del juez, porque está claro que se configura un delito por la explotación de un bien propiedad de la nación sin que exista título de concesión de por medio.

“En el fondo esta sentencia no le favorece nada a la constructora. Es la sentencia de muerte de la empresa; si bien las conclusiones del juez son un disparate, las consideraciones son magníficas”, indicó.

Diez Gargari abundó que en el fallo de sobreseimiento del caso “está acreditado el delito, porque el juez dijo que la Fiscalía General del República (FGR) confirmó que los siete acusados participaron en la explotación de la vialidad de cuota”.

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