Por Veneranda Mendoza.

Toluca, Méx.- Revocó la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la candidatura a la alcaldía de Zinacantepec por la coalición “Sigamos Haciendo Historia” a Gustavo Vargas y se la regresó a Marco Antonio Reyes Colín.

La decisión se desprende del análisis de los juicios ciudadanos ST-JDC-238/2024; y de revisión constitucional electoral ST-JRC-25/2024 y ST-JRC-31/2024 acumulados, promovidos por los partidos del Trabajo, Morena, y por los afectados, para controvertir la sentencia Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) en que se dejó insubsistente el registro otorgado a los candidatos propietario, Marco Antonio Reyes, y suplente, Aviud de la Fuente Plata, a la presidencia municipal de Zinacantepec por la coalición Morena-PT-PVEM.

El pleno de la Sala Regional declaró fundados los agravios aducidos por los actores, al considerar que el TEEM no tomó en cuenta que hubo un requerimiento para subsanar diversos requisitos en la candidatura cuestionada, lo que implicó que la coalición estaba en aptitud de sustituir las candidaturas que postuló inicialmente, hasta en tanto el Instituto Electoral local (IEEM) no sesionara para resolver sobre el registro de las candidaturas propuestas.

Este plazo para subsanar los requisitos, consideraron los magistrados, en coincidencia con el ponente, Fabián Trinidad Jiménez, se ajustó a lo previsto en el artículo 253, párrafo segundo, del Código Electoral del Estado de México.

Además, destacó la Sala Toluca, el Tribunal local debió considerar a la Comisión Coordinadora de la Coalición para determinar su voluntad sobre la sustitución en favor de Marco Antonio Reyes y Aviud de la Fuente.

Por tanto, por unanimidad de los magistrados de la Sala Regional se revocó la sentencia reclamada y dejó subsistente el registro previo.

David Avante, presidente de la Sala Regional, recordó que la madrugada del 24 de abril el PT registró una fórmula de candidatos, pero más tarde, cerca de la media noche, realizó una promoción con otros abanderados.

Detalló que la sustitución fue posible porque desde el 21 de abril había una prevención por parte del IEEM por el siglado de género que daba la candidatura titular a una mujer, pero la suplencia a un hombre, y conforme a la ley eso no está permitido.

La prevención, manifestó Avante Juárez, implicó que se podían realizar cambios hasta en tanto el Consejo General no sesionara para avalar las candidaturas finales.

El magistrado detalló que resultaba urgente emitir esta resolución porque sólo faltan 14 días para los comicios y porque ya no hay posibilidad de reimprimir boletas (las que se imprimieron, tienen el nombre de Marco Antonio Reyes).

“Lo cierto es que este candidato era el que originalmente estaba registrado por el IEEM, se dio la modificación por parte del Tribunal Electoral del estado el día 6 de mayo, pero ya no existe posibilidad ni fáctica ni material de volver a imprimir las boletas en este municipio”, manifestó.

Además, detalló, el TEEM no pidió la comparecencia de la Coordinadora de la Coalición para que detallara a quién pertenecía la candidatura. “El propio convenio de coalición señala que si existiera duda respecto de las candidaturas, quien tiene que pronunciarse es la coalición”, añadió.

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