Destaca protección a derechos de comunidades indígenas

Toluca, Méx.- En su vigesimotercera sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió tres juicios de la ciudadanía local y dos procedimientos especiales sancionadores, reafirmando su compromiso con la legalidad, la justicia electoral y los derechos de los pueblos originarios.

Validan convocatoria en Villa Victoria

En el Juicio de la Ciudadanía Local 158/2025, promovido por un ciudadano en contra de la convocatoria del Ayuntamiento de Villa Victoria para la representación indígena de la comunidad “Los Cedros Suchitepec”, el Pleno declaró infundado el agravio. El TEEM sostuvo que el procedimiento no vulnera la autodeterminación indígena, ya que solo contempla requisitos formales como la presentación de actas de asamblea y currículum, sin facultar al cabildo a designar representantes de manera arbitraria.

Ordenan nueva elección en Santa Ana Ixtlahuaca

En el Juicio de la Ciudadanía 222/2025, el TEEM resolvió a favor de personas indígenas de Santa Ana Ixtlahuaca, quienes impugnaron la elección extraordinaria de delegaciones del pasado 13 de abril. El Tribunal determinó que se vulneró el derecho a la libre determinación de la comunidad mazahua al modificar el método tradicional de elección por usos y costumbres sin consulta previa. Por ello, ordenó la celebración de una nueva elección bajo el procedimiento que determine la propia comunidad.

Restituyen derechos de planilla en Naucalpan

El Juicio de la Ciudadanía Local 235/2025, interpuesto por Juan Ramos Alejo, candidato de la Planilla 2 en Naucalpan, derivó en la revocación de la cancelación de su registro y la anulación del nombramiento de la Planilla 4. El TEEM consideró que se violó la garantía de audiencia, al no notificar adecuadamente al promovente sobre la queja en su contra. Además, aunque se acreditó un incumplimiento a la paridad de género en su planilla, se ordenó su corrección y se reconoció su triunfo en la elección de autoridades auxiliares en San Lorenzo Totolinga 2ª sección.

Sanciones desestimadas contra magistrada y partidos políticos

En el Procedimiento Especial Sancionador 11/2025, iniciado contra una magistrada candidata por presunta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, el TEEM declaró inexistentes las infracciones. Las publicaciones denunciadas en redes sociales no cumplieron con los elementos necesarios para configurarse como actos anticipados de campaña ni propaganda indebida.

Asimismo, en el Procedimiento Especial Sancionador 5/2025, relacionado con la supuesta omisión de los partidos Morena y del Trabajo de asignar al menos el 50% del financiamiento de campaña a mujeres candidatas, el TEEM también declaró la inexistencia de la infracción. Se concluyó que no hubo violencia política de género ni una afectación desproporcionada hacia las candidatas, ya que recibieron financiamiento, aunque en porcentajes ligeramente inferiores al mínimo establecido.

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