Por Veneranda Mendoza.
Toluca, Méx.- Ordenó el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) al Partido de la Revolución Democrática (PRD) regresar la presidencia estatal a Agustín Barrera, quien había sido removido semanas atrás y sustituido en el Consejo local por Oscar Amin Moreno Lojero.
De igual manera, desechó la demanda promovida por un militante del sol azteca en contra de la solicitud que Barrera Soriano realizó para constituir al PRD como partido político local, con lo queda firme esta petición.
Es decir, la presidencia de Oscar Amin Moreno queda sin efectos, y con ello Agustín Barrera gana la partida al grupo de Javier Rivera, el secretario general; Omar Ortega, coordinador parlamentario en el Congreso mexiquense; Héctor Bautista, dirigente estatal de Alternativa Democrática Nacional (ADN), entre otros, si bien el fallo aún puede controvertirse ante las salas Regional y Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por lo pronto, ambas determinaciones, recaídas en los Juicios de la Ciudadanía Local (JDCL) 349 y 363 de este año, respectivamente, fueron aprobadas por unanimidad de los magistrados.
El JDCL 349 fue promovido por Agustín Barrera, Leticia Bautista Villavicencio y Tomás Octaviano Félix, en calidad de integrantes de la dirección estatal; la segunda se desempeñaba como Secretaria de Igualdad de Géneros y fue sustituida por Sara Mora, exalcaldesa de San Simón de Guerrero, y el tercero como secretario de Comunicación Política, sustituido por la exdiputada local Viridiana Fuentes, quien después de esta designación renunció al cargo y a su militancia.
La magistrada ponente, Martha Patricia Tovar Pescador, además presidenta del TEEM, consideró procedente la vía per-saltum (que implica el salto de instancias, en este caso el partido) y fundados los agravios esgrimidos porque el órgano competente para ratificar o sustituir a integrantes de la Dirección Estatal Ejecutiva era el Consejo Nacional, no el Estatal, como ocurrió. Conforme al fallo, el Consejo Estatal sólo puede tomar esas determinaciones en casos de renuncia, remoción –sic- o ausencia.
“El órgano intrapartidario responsable del resolutivo incumplió con el requisito fundamental de competencia para la validez de un acto de autoridad, pues ésta sólo puede hacer lo que la ley le permite”, plantea el resolutivo.
Al ser fundados los agravios, se revocó el acto impugnado, lo que significa que queda sin efectos la sustitución de Agustín Barrera, Leticia Bautista y Tomás Octaviano, por lo que deben ser restituidos en sus cargos.
De igual manera, el pleno determinó informar al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) sobre la decisión, que se acompaña de la resolución de desechamiento del JDCL 363 entablado por un militante perredista en contra de la solicitud de registro para constituirse como partido político local promovida por los impugnantes del 349.
Los magistrados resolvieron que los actos impugnados a través de este recurso sufrieron cambio de situación jurídica a partir de la sentencia de JDCL 349, lo que impidió el análisis de fondo de esta segunda denuncia que tenía por pretensión definir cuál de las dos solicitudes de registro como partido político local –también la dirección encabezada por Oscar Amin Moreno presentó una) deben prevalecer, “cuestión que queda superada”.
A través de sus redes sociales, Barrera Soriano manifestó que con la sentencia prevaleció la ley y la justicia. “Hoy el Tribunal Electoral del Estado de México nos regresa la presidencia de nuestro Partido… hago un llamado al perredismo de todo el Estado, hoy tenemos un nuevo PRD, un PRD que será de todos y donde prevalecerá el trabajo y no el nepotismo y el compadrazgo. Aquí cabemos todos”, planteó.