Toluca.- El Congreso del Estado de México aprobó que la acción para exigir la reparación del daño derivado de actos de violencia sexual cometidos contra niñas, niños y adolescentes sea imprescriptible. Con esta decisión, no existirá un límite de tiempo para que las víctimas o personas afectadas reclamen su derecho a la reparación.
Reforma impulsada por la diputada Mercedes Colín
Modificación al Código Civil del Estado de México
Durante la sesión deliberante, la LXII Legislatura mexiquense avaló la iniciativa presentada por la diputada María Mercedes Colín Guadarrama, del grupo parlamentario del PRI. La propuesta reforma el Código Civil estatal con el propósito de eliminar las restricciones legales que impedían a las víctimas de violencia sexual obtener justicia.
La diputada subrayó que esta medida reconoce la complejidad de los procesos psicológicos y sociales que enfrentan las víctimas. Explicó que la eliminación del plazo legal permitirá evitar la revictimización y corregir deficiencias que favorecían la impunidad en estos delitos.
Reconocimiento de la Suprema Corte de Justicia
El dictamen elaborado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, en sentencia del 25 de junio de 2025, que la acción civil por daños derivados de violencia sexual contra menores de edad es imprescriptible. La resolución reconoce que las víctimas, debido a su edad, no siempre comprenden de inmediato la magnitud del daño ni pueden denunciar de forma oportuna.
La Corte señaló que las víctimas necesitan un tiempo razonable para procesar los hechos, identificarse como tales y contar con la fortaleza necesaria para presentar su denuncia ante las autoridades competentes.
Fortalecimiento de la protección a la infancia
Reforma con enfoque en derechos humanos
El dictamen legislativo destacó que esta reforma contribuye al fortalecimiento de la protección de los derechos humanos de la infancia y la adolescencia. En consecuencia, se garantiza que los actos de violencia sexual puedan ser denunciados y sancionados sin importar el tiempo transcurrido desde su comisión.
Hasta antes de esta modificación, el Código Civil establecía un plazo de dos años para reclamar la reparación del daño por hechos de violencia sexual, contados a partir del día en que ocurrió el delito. Con la nueva disposición, dicho plazo queda eliminado para asegurar que ninguna víctima quede sin acceso a la justicia.
Conclusión
La aprobación de esta reforma por el Congreso del Estado de México representa un avance en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La imprescriptibilidad de la acción civil por daño derivado de violencia sexual permitirá garantizar el acceso pleno a la justicia y la reparación del daño sin limitaciones temporales.
Consulta el comunicado oficial en el sitio del Congreso del Estado de México.

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Fuente oficial: congresoedomex.gob.mx


