Toluca.-El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió 14 Juicios de la Ciudadanía Local y 3 Procedimientos Especiales Sancionadores durante su sesión pública número 36, celebrada el 25 de septiembre de 2025.

Violencia política en razón de género

Procedimiento Especial Sancionador 49

El TEEM declaró la existencia de violencia política en razón de género por parte de Héctor Sánchez Espíritu Santo hacia una candidata a jueza. Se ordenó su inscripción en el registro de personas sancionadas por el INE e IEEM por un periodo de dos años.

Procedimiento Especial Sancionador 46

Se analizó la denuncia de la sexta regidora de Teoloyucan, Xiadani Baños Camacho. El tribunal concluyó que no existió violencia política, ya que no se demostraron actitudes discriminatorias.

Procedimiento Especial Sancionador 16

Se confirmó la existencia de violencia política en razón de género por negar injustificadamente el uso de la voz a una regidora durante una sesión de cabildo en Teoloyucan. Se ordenó una disculpa pública y medidas de no repetición.

Juicios de la Ciudadanía Local

Acceso a la información pública

En los juicios 313, 314, 306, 311, 304/312, el tribunal declaró fundados los agravios relacionados con la omisión o entrega parcial de información presupuestal a regidores de Temoaya. Se ordenó a las autoridades entregar la información requerida.

Desempeño del cargo

En el juicio 280, promovido por una regidora de Teoloyucan, el tribunal determinó que no existió obstrucción sistemática en el desempeño de su cargo. Se exhortó a las autoridades a evitar actos que obstaculicen sus funciones.

Igualdad en recursos y trato

En el juicio 286, se declararon infundados los agravios presentados por la sexta regidora de Cuautitlán Izcalli. El TEEM concluyó que recibió insumos, mobiliario y recursos humanos de forma equitativa.

Conflictos de límites territoriales

En los juicios 300 y 301, presentados por presidentes municipales de Cuautitlán y Teoloyucan, el tribunal se declaró incompetente al tratarse de una disputa territorial, materia que no corresponde a lo electoral.

Desestimaciones procesales

En los juicios 305, 307, 310 y 319, el tribunal determinó la improcedencia o la falta de competencia para conocer los casos, desechando las demandas correspondientes.

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