• El gobierno español dio un paso histórico y aprobó la llamada Ley Trans y de Igualdad en pro de los derechos de las comunidades LGBT.  

Por Angélica Rangel  

España dio un paso importante para garantizar la igualdad de derechos para las comunidades LGBT+, sobre todo, para las personas trans con la aprobación de una ley que permite el cambio de identidad de género a partir de los 16 años- sin necesidad de acreditar una hormonización- o que va por la prohibición de las terapias de conversión.  

Esto paso este 29 de junio en el Consejo de Ministras y Ministros de España, donde ante el rechazo por parte del Congreso en mayo pasado, los funcionarios y funcionarias decidieron dar luz verde a un anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y garantía de los derechos LGBT+.  

Ahora, lo que sigue es solo un trámite legislativo, es decir, la discusión de una ley trans que regrese al Congreso y Senado de España, donde igual podría haber cambios.  

Para la ministra de Igualdad Irene Montero se trató de un paso de gigante, que había tardado más de 15 años en darse en defensa de los derechos de las comunidades LGBT+ y en especial de las personas trans.  

Esto se resume en un anteproyecto de ley que combina los pendientes que el gobierno español tiene con las personas trans, pero también con la población Lésbico, Gay, Bisexual e Intersexual —cuyos derechos son reconocidos en esta ley.  

¿De qué va esta Ley?  

Esta ley permite el cambio de la identidad de género —y su reconocimiento por el Estado— a partir de los 16 años de edad.  

Para hacerlo, las personas interesadas sólo deben acudir al Registro Civil y presentar una declaración de interés, no es necesario que acrediten un proceso de hormonización o cualquier otro “recurso médico”, como un informe psicológico, por ejemplo.  

Y después del trámite, las personas deberán esperar tres meses para que el Registro Civil ratifique el proceso.  

El cambio de identidad de género es reversible, al menos durante seis meses, después de este periodo, se tendrá que recurrir a otros trámites jurídicos.  

A partir de los 16 años, las personas podrán pedir su cambio en el Documento Nacional de Identidad (DNI). Ahora bien, para las y los adolescentes de 14, ellas y ellos necesitarán el permiso de sus padres de familia o tutores.  

Para los y las adolescentes de 12 años se necesitará de un permiso judicial, aunque tienen la puerta abierta para poder cambiar su nombre.  

España también va por la prohibición de los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) o las terapias de conversión.  

Con esta ley, quedan prohibidas estas prácticas aun y cuando haya consentimiento por parte de la persona expuesta o uno de sus tutores. Las sanciones llegarán hasta los 150 mil euros.  

Mujeres lesbianas, bisexuales y personas trans “con capacidad para gestar” podrán tener acceso a la reproducción asistida. Esto ya quedará como un servicio del Sistema Nacional de Salud.  

Por otra parte, la maternidad de una pareja homoparental será reconocida desde el momento en que un bebé nace. Ya no será necesario que las mujeres tengan que estar casadas para que se les reconozca su maternidad al momento en que su bebé nace o deban adoptar a un niño o niña.  

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