Toluca.- El Congreso del Estado de México aprobó este jueves la reforma de “supremacía constitucional”, que establece la improcedencia de amparos, controversias y acciones de inconstitucionalidad contra reformas a la Constitución.
Con 51 votos a favor de Morena, PVEM y PT, y 19 en contra de PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, el Estado de México se convirtió en la entidad número 18 en aprobar esta modificación, alcanzando el respaldo necesario para su promulgación y entrada en vigor a nivel federal.
¿En qué consiste la reforma de supremacía constitucional?
La reforma modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determinando que no procederán las controversias constitucionales ni las acciones de inconstitucionalidad que busquen impugnar las reformas a la Carta Magna. Este cambio también implica que el juicio de amparo no podrá utilizarse contra modificaciones o adiciones a la Constitución.
Con esta medida, las reformas constitucionales promovidas por la mayoría parlamentaria, como las impulsadas por la Cuarta Transformación, no serán susceptibles de ser impugnadas judicialmente.
Los legisladores de Morena han defendido la medida argumentando que sigue el principio de supremacía constitucional establecido en la Constitución de 1917, asegurando que el poder legislativo tiene la facultad de modificar la Carta Magna sin intervención judicial.
Aprobación necesaria para su entrada en vigor
La reforma requería el respaldo de al menos 17 congresos estatales para su entrada en vigor. Al aprobarse en el Estado de México, la propuesta ahora cuenta con los avales necesarios y será promulgada en el Diario Oficial de la Federación. Entre las entidades que ya la aprobaron se encuentran Zacatecas, Tabasco, Baja California, Ciudad de México, y Sonora, entre otros estados.
Reacciones en el Congreso del Edomex
Durante la sesión plenaria, legisladores de la oposición expresaron sus reservas ante la reforma. Omar Ortega Álvarez, coordinador del PRD, señaló que la medida podría eliminar los contrapesos necesarios para evitar abusos de poder, argumentando que esta decisión restringe las herramientas ciudadanas para proteger sus derechos.
La legisladora del PAN, Joanna Felipe Torres, mencionó que la reforma representaba una “venganza” contra el Poder Judicial, afectando la independencia de poderes en el país.
Por su parte, Octavio Martínez Vargas, diputado de Morena, defendió la reforma, explicando que el concepto de supremacía constitucional ya existe en la Constitución desde 1917. Añadió que en 2013 se estableció en la Ley de Amparo la invalidez de este recurso frente a cambios constitucionales, un planteamiento que, dijo, promovió el bloque que hoy se opone a la reforma.
Implicaciones de la reforma para el sistema judicial
La reforma de supremacía constitucional abre un debate sobre el equilibrio de poderes en México. Los legisladores que apoyaron la reforma sostienen que fortalece la capacidad del Congreso para reformar la Constitución sin intervención judicial, mientras que los opositores consideran que podría limitar la defensa de los derechos ciudadanos al restringir el acceso a mecanismos judiciales en caso de reformas que afecten derechos constitucionales.
La discusión en torno a esta reforma también ha planteado preguntas sobre el papel del Poder Judicial en la revisión de reformas constitucionales. De acuerdo con los opositores, la imposibilidad de impugnar reformas constitucionales podría limitar la protección de los derechos de los ciudadanos y afectar los controles democráticos.