Primero Editores / Ingrid Ahumada

Toluca, México.- Tras señalar que la anterior Legislatura aprobó despenalizar la venta de alcohol a menores y dejarla solo como falta administrativa, el diputado Gabriel Gutiérrez Cureño presentó una iniciativa para considerarla como delito y se sanciona con hasta nueve años de prisión a quien venda o facilite bebidas alcohólicas.

Con una población en riesgo de consumir alcohol, con más de 5 millones de menores, el Estado de México es la segunda entidad federativa, después de la Ciudad de México, con más índice de venta de alcohol a menores, y de acuerdo con cifras oficiales, cerca del 60 por ciento de los menores ha probado alcohol antes de los 15 años.

Gabriel Gutiérrez apuntó que ante este hecho es necesario proteger a los menores y  promover cero tolerancia a la venta de alcohol sin licencia, ya que además de las sanciones administrativas a dichos establecimientos su conducta, debe ser considerada punible y castigada para erradicarla.

Sin embargo, recordó que la pasada Legislatura se aprobó la despenalización por la venta de alcohol a menores, dejándola junto con la venta sin licencia como una falta administrativa solamente, muchos sectores alzaron la voz, pero no hubo respuesta alguna. 

“Con una mayoría priista la 59 legislatura de este estado aprobó reformas al código penal a propuesta del entonces Gobernador Eruviel Ávila, la cual redujo la responsabilidad penal a una simple falta administrativa, y se derogó un párrafo donde se penalizaba el que se permitiera la entrada a menores de edad a antros, cantinas y bares”, apuntó Gabriel Gutiérrez.

En nuestra entidad el consumo de bebidas alcohólicas conlleva riesgos que van desde enfermedades físicas hasta conductas atípicas y delictuosas, y en el caso de los menores, afecta gravemente su salud, con riesgos latentes como accidentes de tráfico, tránsito y la proliferación de la violencia.

Las penas derogadas por la anterior Legislatura establecían como delito a quien facilite el consumo de bebidas embriagantes, narcóticos o sustancias tóxicas, y sancionaba con pena de tres a seis años de prisión y de doscientos a mil días multa. 

La propuesta establece modificar el artículo 204 del Código Penal del Estado de México, y que se aumente la pena hasta en una mitad, a quien venda y/o suministre bebidas alcohólicas a menores de edad, ya sea en envases cerrados, abiertos o para consumo por copeo.

Además, plantea que a quien permita directa o indirectamente el acceso a personas menores de edad a establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas como discotecas, bares, cantinas, pulquerías, centros nocturnos, centros de espectáculos, billares, centros de venta de cervezas o similares, se le aplicará de tres años a ocho años de prisión y de cien a ochocientos días multa.

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