Redacción 

El Pleno de la 59 legislatura mexiquense aprobó en la novena sesión ordinaria la iniciativa para sancionar penalmente los delitos contra la economía del sector pecuario para garantizar la producción y consumo de productos de alta calidad.

En la reforma al Código Penal se establecieron como delitos la introducción de otro tipo de ganado que no sea bovino, o su intención sea la comercialización sin cumplir con la normatividad aplicable.

La sanción va de seis meses a dos años de prisión y de 50 a 100 días de multa a quien movilice ganado bovino declarado en cuarentena o utilice cualquier contaminante referido en la Ley Federal de Sanidad Animal. Si la movilización es con fines de comercialización, se alcanzará una pena de uno a dos años de prisión y de 150 a 200 días de multa.

Además, a quien presente o pretenda documentar ganado bovino como nacido en una zona de baja prevalencia y acreditada en la entidad sin serlo, se le impondrán de dos a ocho años de prisión.

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