Ciudad de México.- Continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana Del Valle de México (ZMVM) y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono. Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas. 

El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que, se mantiene la influencia de un sistema de alta presión en el centro del país a distintos niveles de la troposfera, el cual seguirá generando estabilidad atmosférica de moderada a fuerte y cielo despejado a medio nublado hasta antes de media tarde y temperaturas máximas por encima de los 30oC en el Valle de México. Estas condiciones, junto con el viento débil durante la mañana y primeras horas de la tarde y la radiación solar intensa, darán lugar al  estancamiento de los contaminantes y formación de ozono, cuyas concentraciones más altas se ubicarán dentro del rango de Mala a Muy Mala calidad del aire.

Se recuerdan las restricciones y exenciones a la circulación en el sector transporte:

Hoy jueves 23 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último  dígito numérico sea  0, 1, 2, 4, 6 y 8.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o   con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de      Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o“0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto. 
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

La Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y las autoridades ambientales de la Ciudad de México y del Estado de México, estarán atentas a la calidad del aire y evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informarán en un boletín que se emitirá el día de hoy a las 15:00 horas..

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