Este jueves en la conferencia matutina, Ernestina Godoy Ramos, titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, aclaró la polémica causada en días anteriores por la contradicción hallada en los artículos 94 y 97 de la Constitución Política de México, originada tras la aprobación de reforma al Poder Judicial de la Federación.

La extitular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México aseguró que la oposición ha intentado por cualquier medio confundir a la ciudadanía, aun cuando se trata de un tema muy sencillo. Por lo que explicó que tras la reforma al Poder Judicial, el artículo 94 establece en su párrafo tercero que:

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionarios en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcance mayor votación”.

Godoy reconoció que este artículo, integrado en la iniciativa, presenta una controversia respecto al artículo 97; mismo que no fue objeto de la reforma y establece:

“Cada cuatro años, el pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.

Sin embargo, aseguró que el asunto se resuelve mediante el artículo transitorio décimo segundo, en el que se estipula que se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

“Lo que es válido es lo que se aprobó en la reforma. No hay ninguna confusión, ninguna posibilidad de dar otra interpretación, así que es totalmente válida”, aseveró.

Al respecto, Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno, aseguró que este tipo de antinomias son frecuentes no sólo en México, sino en cualquier parte del mundo y para resolverlos hay dos maneras: una forma legislativa como la que se toma en la reforma constitucional y un criterio interpretativo.

Cabe recordar que en septiembre pasado se dio a conocer que había contradicciones e inconsistencias que fueron omitidas por los legisladores, que en su mayoría son de Morena, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo.

Pese a que la reforma fue estudiada y aprobada por el oficialismo, ninguno de los legisladores se percató que la aplicación del renovado artículo 94 dependía de lo establecido en el Artículo 97. Recordemos también que esta reforma entró en vigor el pasado 16 de septiembre.

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