Ciudad de México.- El Senado de la República declaró la validez de la reforma de supremacía constitucional, después de recibir la aprobación de 23 congresos estatales. La iniciativa modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo la improcedencia de controversias, acciones de inconstitucionalidad y amparos contra las reformas a la Carta Magna.
El proceso de validación y publicación en el Diario Oficial
El presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, emitió la declaratoria y solicitó a la Dirección Jurídica del Senado que, una vez publicada, se pida a la Suprema Corte el sobreseimiento de los juicios de amparo en curso contra reformas constitucionales. Esta medida, indicó, busca asegurar que “nadie esté por encima de la Constitución”. El documento se remitió al Diario Oficial de la Federación para su pronta publicación y entrada en vigor.
Avalan 23 congresos locales en menos de 24 horas
La aprobación de esta reforma avanzó a gran velocidad. Desde la mañana del 31 de octubre, congresos locales de estados como Baja California, Durango, Guerrero, y Yucatán, entre otros, votaron a favor de la iniciativa. En total, 23 congresos estatales respaldaron el proyecto, que requería al menos 17 votos para lograr la validez constitucional.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, Adán Augusto López Hernández, señaló que esta reforma representa “una de las transformaciones más profundas en la historia constitucional del país”. La rapidez del proceso generó reacciones mixtas entre los legisladores, incluyendo críticas de algunos miembros de la oposición, quienes cuestionaron la falta de debate en ciertos congresos locales.
Cambios y alcances de la reforma
La reforma de supremacía constitucional limita la capacidad del Poder Judicial para detener o revisar reformas constitucionales. Se establece que el Congreso y las legislaturas locales son los únicos órganos autorizados para modificar la Constitución. Además, la nueva normativa señala que cualquier reforma a la Constitución no podrá ser impugnada mediante controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad o juicios de amparo, resguardando así las decisiones del Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Reacciones y críticas de la oposición
Durante la sesión en el Senado, legisladores del PRI, como Alejandro Moreno Cárdenas y Claudia Edith Anaya Mota, expresaron su rechazo a la reforma. Acusaron a la mayoría de apresurar el proceso de aprobación en los congresos estatales y advirtieron sobre posibles consecuencias para la estructura democrática y el sistema de pesos y contrapesos. En palabras de Anaya, la celeridad del proceso limitó el análisis detallado y la discusión pública.
Por otro lado, miembros de Morena defendieron la reforma, afirmando que fortalece la soberanía popular y elimina barreras que, según ellos, han dificultado el avance de las decisiones del Congreso. Manuel Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, destacó que la reforma refuerza la capacidad del Congreso para legislar sin restricciones judiciales.
Siguiente paso: Publicación y entrada en vigor
El artículo segundo transitorio de la reforma indica que los casos en trámite deberán resolverse de acuerdo con las disposiciones del nuevo decreto. Esto implica que cualquier acción legal interpuesta contra reformas constitucionales quedará sujeta a la improcedencia dictada por la reforma de supremacía constitucional. Una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma entrará en vigor de forma inmediata.